Subida de la renta de los alquileres para febrero 2026
- Alberto Sánchez Alcázar
- 16 ene
- 2 Min. de lectura
Ponga lo que ponga en tu contrato de alquiler de vivienda, este es el máximo que te pueden incrementar la renta. Recordad que para que os puedan subir la renta tiene que venir una cláusula específica en vuestro contrato de alquiler. Si no viene esta cláusula no os la pueden subir y además os tienen que haber notificado por escrito el mes anterior. Ya se ha publicado el IPC y el Irav del mes de diciembre, que son los dos índices que afectan al incremento de la renta. Concretamente afectan a los contratos firmados a 1 de febrero porque son los índices de diciembre que estaban publicados a fecha de firma de esos contratos. Estos índices hacen de límite máximo independientemente de lo que diga tu contrato de alquiler. Por encima de ellos no te pueden subir la renta. ¿Y por qué hay 2 índices y no solo 1 para el incremento de la renta? ¿Cuál me afecta a mí? El 26 de Mayo del 2 023 se publicó la ley de vivienda y metió introdujo un nuevo índice para aquellos contratos que se firmasen después de que saliera esta ley, de manera que si tu contrato de alquiler se firmó después del 26 de Mayo del 2 023 se te aplica el Irav, y el Irav para el mes de febrero que aplica es 2,32% en cambio si tu contrato de alquiler se firmó antes del 26 de Mayo del 23 un 1 de febrero, entonces se te Aplica el IPC, y el IPC para este mes, para el de febrero es el 2. 9% Recordad que estos índices se aplican de forma acumulativa, es decir, se suman a lo que ya venías pagando y recordad que esto es para contratos vigentes, no para contratos nuevos.



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