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¿Qué pasa si el inquilino paga solo una parte del alquiler? Desahucio y derechos del propietario

  • 20 mar
  • 2 min de lectura


Cuando un inquilino no puede afrontar la totalidad de la cuota mensual, a veces opta por ingresar solo una fracción del dinero. Pero, ¿es esto legal? ¿Qué consecuencias tiene para el contrato de arrendamiento?

Si eres propietario y te estás enfrentando a esta situación, o si eres inquilino y estás pensando en pagar menos este mes, a continuación te explicamos qué dice la ley sobre los impagos parciales y cuáles son los derechos del arrendador.

Pagar una parte del alquiler NO es pagar el alquiler

El primer concepto que debe quedar muy claro es que pagar solo una parte del alquiler es, a efectos prácticos y legales, no pagar el alquiler completo. Realizar un abono parcial supone un incumplimiento directo de aquello a lo que el inquilino se había comprometido al firmar el contrato.

Es comprensible que el arrendatario pueda estar atravesando un bache económico, pero la realidad es que el propietario no tiene por qué soportar este tipo de impagos, independientemente de los problemas que pueda tener el inquilino. Como suele decirse, problemas tenemos todos, y ese dinero que falta le puede estar generando un problemón económico al dueño de la vivienda. Por ejemplo, el arrendador podría necesitar cobrar la renta completa para cumplir con sus obligaciones con el banco o, simplemente, para poder llegar a fin de mes.

El derecho al desahucio y el respaldo de la ley

Ante esta situación, la ley se pone claramente de parte del propietario. Si el inquilino decide abonar solo una fracción de la cuota mensual, y sobre todo si esto se repite durante varios meses, otorga completo derecho al propietario a terminar con el contrato de alquiler.

Esto significa que el casero no tiene que esperar a que el impago sea total (es decir, a que el inquilino deje de pagar el 100% de la cuota) para poder tomar medidas legales. Un impago parcial continuado es motivo más que suficiente para exigir el desahucio del inquilino.

¿Qué puede reclamar el propietario en el juzgado?

Si no te pagan la renta completa y la situación se alarga en el tiempo, como propietario tienes a tu disposición la vía legal. Al iniciar un procedimiento judicial, la normativa te permite no solo recuperar tu inmueble, sino también ser compensado económicamente. Podrás reclamar lo siguiente:

  • El desahucio del inquilino para recuperar la posesión de la vivienda.

  • Las rentas exactas que han quedado a deber.

  • Los intereses generados por esa deuda acumulada.

  • Las costas judiciales derivadas de todo el proceso legal.

En conclusión: No hay que engañarse pensando que un pago parcial paraliza las acciones legales. La obligación principal del inquilino es abonar la totalidad de la renta pactada, y cualquier cantidad inferior habilita al propietario a defender su patrimonio ante los tribunales.

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