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¿Puede el propietario entrar en la vivienda alquilada sin consentimiento del inquilino?

  • Foto del escritor: Alberto Sánchez Alcázar
    Alberto Sánchez Alcázar
  • 13 ene
  • 1 Min. de lectura


El propietario no puede entrar en la vivienda alquilada a las bravas nunca, bajo ningún concepto, si no quiere verse en problemas mucho mayores. Da igual que le hayas avisado en tiempo y forma de que no quieres continuar con el contrato, da igual que le hayas avisado en tiempo y forma de que necesitas la vivienda para uso personal, da igual incluso que no te esté pagando. Bajo ningún concepto puedes entrar en la vivienda. Y es que la vivienda alquilada es el domicilio del inquilino y el domicilio de cada uno es inviolable. Da igual que la vivienda sea tuya, da igual que el contrato haya terminado. Como entres en la vivienda, te estás jugando cometer un delito de allanamiento de morada. Os voy a poner un ejemplo muy simple para que se entienda bien: si una persona te debe cinco mil euros, tú no puedes ir a casa de esa persona, agarrarle de la pechera y exigirle los cinco mil euros. Tú no puedes robarle los cinco mil euros, tú no puedes quitarle algo que cueste cinco mil euros. Eso es un delito. Es el Estado el que tiene el monopolio de la fuerza, de la violencia, y si tú tienes una petición, tienes que hacerlo por los cauces que marca el Estado. En este caso, tendrías que acudir a juicio, que el juez te dé la razón y que el juez dictamine el desahucio de esa persona. Así que si quieres echar a tu inquilino, hay dos caminos: negociar con él o los tribunales.

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