Cómo dejar un piso de alquiler gratis al finalizar el contrato o sus prórrogas: Plazos y preavisos legales
- 23 feb
- 2 Min. de lectura
Si estás pensando en dejar tu vivienda de alquiler y temes que te exijan una indemnización, debes saber que el inquilino se puede ir de la vivienda en alquiler completamente gratis si cumple ciertos requisitos legales. Esta protección está garantizada porque lo dice la ley, lo que significa que no importa si no viene en tu contrato o si en tu contrato viene una cosa distinta.
A continuación, te explicamos en qué momentos puedes rescindir tu alquiler sin coste y cómo debes comunicarlo para no tener problemas con el propietario.
¿Cuándo te puedes ir del alquiler sin pagar penalización?
La normativa contempla dos escenarios principales en los que puedes abandonar la vivienda sin coste alguno.
1. Al finalizar el contrato inicial
En primer lugar, el inquilino se puede ir completamente gratis cuando el contrato termina.
• Si has firmado un contrato por un año, aunque el contrato se pueda prorrogar hasta cinco, te puedes ir gratis cuando termina este primer año.
• De la misma forma, si has firmado desde el inicio un contrato por dos, tres, cuatro o cinco años, te puedes ir gratis cuando termina este periodo.
2. Al finalizar cada prórroga anual
Aparte de la fecha en la que el contrato termina, el inquilino se puede ir gratis en cada una de las prórrogas.
Para entender esto, hay que pensar que las prórrogas son anuales. Es decir, si tú firmaste por un año, cuando termina ese primer año entras en una prórroga que dura un año. Cuando termina esa prórroga, el documento se prorroga otra vez por otro año. La ley permite que en cada una de esas prórrogas anuales te puedas ir de forma completamente gratuita.
El preaviso: El requisito clave para irte gratis
Saber cuándo puedes irte es solo la mitad del proceso; la otra mitad es notificarlo a tiempo. Para ejercer este derecho de forma legal, el inquilino tiene que avisar al propietario al menos con 30 días antes o de la finalización del contrato o de la finalización de la prórroga.
No tienes por qué esperar al último momento, ya que se puede avisar con más de 30 días perfectamente. De hecho, puedes avisar con dos, tres o cinco meses de antelación si lo deseas. Siempre que avises con al menos 30 días, estás cumpliendo con la ley.
⚠️ La excepción del quinto año
Existe una pequeña excepción a esta regla de los 30 días. Si os queréis ir justo en el quinto año, en vez de avisar con 30 días, tenéis que avisar al menos con dos meses de antelación. Al igual que en la norma general, también se puede avisar evidentemente con más tiempo del exigido.
¿Cuál es la mejor forma de comunicarlo?
Una duda muy común es cómo tiene que ser esta comunicación para que sea legalmente válida. La realidad es que la ley no especifica nada al respecto.
Sin embargo, para protegerte como inquilino, siempre se aconseja hacerlo por escrito. Lo más recomendable es hacerlo con un Burofax, ya que de esta manera te quitas de problemas y dejas una constancia legal irrefutable de que has cumplido con los plazos.



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