¿Cuánto te pueden subir el alquiler? Límites legales del IPC y el nuevo IRAV
- 23 feb
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Conocer el máximo legal que te pueden subir la renta de tu alquiler es fundamental, ya que este límite lo marca la ley y, por tanto, está por encima de cualquier cláusula abusiva que pueda contener tu contrato.
Si te toca la actualización anual de tu arrendamiento y tienes dudas sobre el porcentaje que te quieren aplicar, aquí te explicamos cómo funcionan los índices actuales y cuáles son los topes legales.
¿Qué índice de referencia me corresponde: IPC o IRAV?
Para saber cuánto te pueden subir el alquiler, el primer paso es revisar la fecha en la que firmaste el documento. La ley establece dos escenarios muy claros:
• Contratos firmados ANTES del 26 de mayo de 2023: El límite máximo para la actualización de la renta es el IPC (Índice de Precios al Consumo).
• Contratos firmados DESPUÉS del 26 de mayo de 2023: El límite máximo que se te puede aplicar es el IRAV (Índice de Referencia de Actualización Anual de los Contratos de Arrendamiento de Vivienda).
¡Cuidado con este error muy común! Hay muchísimos contratos firmados después de mayo de 2023 a los que se les sigue aplicando el IPC de manera incorrecta, cuando por ley les corresponde el IRAV.
¿Qué mes se debe utilizar para calcular la subida?
La ley es estricta respecto a qué dato mensual se debe coger para hacer el cálculo. Se debe aplicar siempre el índice que estuviera publicado en el momento de la actualización.
Ejemplo práctico para actualizaciones en marzo: Si a tu contrato le toca revisarse el 1 de marzo, no se puede usar un dato futuro o no oficial; hay que aplicar el índice correspondiente al mes de enero, que es el que ya está publicado oficialmente en esa fecha.
En este caso concreto de las actualizaciones para el 1 de marzo basadas en los datos de enero, los límites son los siguientes:
• Si se te aplica el IPC: te tienen que subir como mucho el 2,3%.
• Si se te aplica el IRAV: lo máximo que te pueden subir es el 2,14%.
Requisitos obligatorios para que la subida sea legal
Que el IPC o el IRAV suban no le da derecho al propietario a aumentar la cuota automáticamente. Para que la actualización sea válida, se deben cumplir obligatoriamente estos dos requisitos:
1. Cláusula en el contrato: Tiene que venir redactada una cláusula específica de subida de la renta en tu contrato de alquiler original. Si no existe esta cláusula, no te pueden aplicar ninguna subida.
2. Preaviso formal: El arrendador te tiene que avisar por escrito en el mes anterior a que se haga efectiva la subida.
Revisa siempre tu contrato y las fechas de preaviso antes de aceptar cualquier incremento en tu cuota mensual para asegurarte de que se están respetando los límites legales de tu actualización.



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