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¿Cuánto es lo máximo que te pueden subir el alquiler en abril? Límites legales y cómo calcularlo

  • 20 mar
  • 2 Min. de lectura


Si vives de alquiler y te toca la revisión anual de tu contrato este mes de abril, es fundamental que conozcas tus derechos y los topes vigentes. La ley solo permite incrementar la renta como máximo lo que marque el índice oficial que estuviera publicado cuando te toque la subida.

A continuación, te explicamos cuáles son los últimos datos y qué porcentaje exacto te pueden aplicar según la antigüedad de tu contrato.

Los índices oficiales para las actualizaciones de abril

Ya se han publicado los índices oficiales correspondientes al mes de febrero, que son exactamente los que se aplican para las actualizaciones de abril. Para este periodo, los topes máximos legales quedan fijados de la siguiente manera:

  • El índice IRAB se sitúa en un 2,16%.

  • El IPC se sitúa en un 2,3%.

La fecha de tu contrato: La clave para saber tu límite

Para saber cuál de estos dos porcentajes es el índice que se te aplica a ti concretamente, debes revisar la fecha en la que firmaste el documento. El factor determinante es la entrada en vigor de la Ley de Vivienda:

  • Contratos firmados ANTES del 26 de mayo de 2023: A estos arrendamientos se les aplica el IPC, es decir, el límite máximo de subida será del 2,3%.

  • Contratos firmados DESPUÉS del 26 de mayo de 2023: Al estar regulados bajo la nueva ley, a estos alquileres se les tiene que aplicar el IRAB, por lo que tu tope máximo es del 2,16%.

Cómo calcular exactamente tu nueva cuota mensual (Paso a paso)

Hacer los números para saber cuánto dinero de más vas a tener que pagar es muy rápido. Para calcular cuánto es el incremento exacto, tienes que hacer la siguiente operación:

  1. Toma la cantidad de dinero que estás pagando ahora mismo y multiplícala por el índice que te corresponda (por 2,16 o por 2,3).

  2. Ese resultado lo divides entre 100.

  3. La cifra final te da exactamente la cantidad de dinero que te pueden subir este año.

Advertencia: Solo aplica a actualizaciones de contratos vigentes

Por último, recuerda que esta regla matemática es únicamente para calcular la actualización anual de la renta de los contratos de vivienda que ya están vigentes. Es muy importante recalcar que esto no es el máximo que te pueden subir en el caso de que vayas a firmar un contrato nuevo.

Asegúrate de revisar la fecha de tu contrato y hacer tus propios cálculos antes de aceptar el nuevo recibo mensual de tu arrendador.

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