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¿Cuándo puede el inquilino dejar un piso de alquiler? La regla de los 6 meses explicada

  • 23 feb
  • 3 Min. de lectura


Una de las dudas más frecuentes cuando vivimos de alquiler es saber en qué momento podemos abandonar la vivienda sin tener problemas legales. Muchos contratos incluyen cláusulas que obligan a quedarse un año entero bajo amenaza de penalización, pero ¿son realmente legales?

Si estás pensando en mudarte y quieres saber cuáles son tus derechos, aquí te explicamos todo lo que necesitas saber sobre la rescisión anticipada del contrato según la ley actual.

El derecho a irse a partir del sexto mes

La normativa es muy clara y contundente: el inquilino se puede ir de la vivienda en alquiler a partir del sexto mes ponga lo que ponga en tu contrato. Además, es importante destacar que no necesitas absolutamente ningún motivo para abandonar la vivienda.

Este derecho está blindado por el artículo 11, el cual es de obligado cumplimiento y, por lo tanto, está por encima de los contratos. La única excepción que permite la ley sobre este artículo es para mejorar los derechos del inquilino; por ejemplo, el contrato podría permitirte irte al tercer mes, pero nunca subirlo como por ejemplo al séptimo mes o al año.

El requisito del preaviso: Cuidado con los plazos

Para ejercer este derecho correctamente, el inquilino tiene que avisar con al menos 30 días. Aunque puedes avisar con más tiempo, la ley prohíbe hacerlo con menos.

Un detalle fundamental que muchos desconocen: hay que tener en cuenta que muchos jueces consideran que los meses vencen enteros. Esto significa en la práctica que, si avisas el día 15 de un mes, no es para irte el día 15 del mes siguiente, sino cuando ese mes finalice por completo.

¿Tengo que pagar indemnización por irme antes de tiempo?

Esta es la gran preocupación de muchos arrendatarios. El propietario te puede querer cobrar una indemnización y esta es legal siempre que primero venga en el contrato.

Si revisas tu contrato y no viene absolutamente nada de ninguna indemnización, el inquilino se va completamente gratis siempre que dé el preaviso.

En el caso de que la indemnización sí esté por escrito, la ley establece un tope máximo irrenunciable: el máximo que te quiera cobrar es una mensualidad por cada año que reste por cumplir. Si queda menos de un año, se aplica la regla de que los periodos de tiempo inferiores al año dan lugar a la parte proporcional. Es decir, si te queda medio año por cumplir, la indemnización máxima legal es media mensualidad de renta.

Cómo notificar tu marcha de forma segura

¿Cuál es la mejor forma de hacérselo saber al propietario? Aunque la ley no especifica que tenga que ser por escrito, el consejo experto es siempre enviarlo por Burofax para evitar ningún problema. Las palabras se las lleva el viento, y un burofax deja un rastro legal incontestable de tu preaviso.

Excepciones: ¿Cuándo NO aplica esta regla?

Para terminar, hay dos apuntes vitales que debes conocer para no cometer errores:

1. Esta regla se aplica solo a los contratos de vivienda permanente, quedando excluidos expresamente los contratos de habitación y los contratos de temporada.

2. Esta información es exclusivamente para irte en cualquier momento a partir del sexto mes en medio del contrato, no para gestionar lo que ocurre cuando termina el contrato o cuando termina alguna de sus prórrogas.

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