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Contrato de alquiler de vivienda (protección del propietario)

Precio

29,99 €

Impuesto incluido

Pack para que el propietario alquile su vivienda con un modelo de contrato de alquiler redactado para protegerlo y ya adaptado a la reforma del Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre. No es una plantilla genérica de internet: son tres documentos (el contrato, la guía de uso y un documento de variaciones) pensados para dejar atado desde el principio lo que luego da problemas: impagos, desperfectos, duración, gastos y entrega de llaves. Válido solo para España, conforme a la legislación española. Editable en Word y con descarga inmediata.

Qué recibes al comprar

Descarga inmediata tras el pago: recibes por email el enlace de descarga, activo 30 días. El pack va en un archivo .zip con tres documentos de Word editables (.docx): el contrato, la guía de uso y el documento de variaciones. Para que conserven su formato, ábrelos con Microsoft Word. Todo redactado por un abogado en ejercicio (colegiado nº 140952).

Qué incluye

Tres documentos. Primero, el contrato de arrendamiento de vivienda habitual, redactado a favor del propietario y adaptado a la reforma de octubre de 2026: duración y prórrogas, recuperación de la vivienda por necesidad, comunicación anticipada de no renovación, actualización anual de la renta, fianza y garantía adicional, gastos de comunidad y tasa de basuras, suministros, reparaciones y obras, seguro del inquilino, intereses de demora y resolución por impago, documento de finalización al entregar las llaves y penalización si el inquilino no te devuelve la vivienda a tiempo. Segundo, una guía de uso que te lleva paso a paso: qué variaciones aplicar a tu caso, cómo actuar si hay varios propietarios o inquilinos, cómo fijar los gastos para que el pacto sea válido, dónde encontrar los datos de la vivienda, cómo y cuándo comunicar la no renovación, qué hacer en la entrega de llaves y un registro de cambios con el antes y el ahora de la reforma. Y tercero, un documento de variaciones para adaptar el contrato sin redactar nada: propietario que firma por medio de representante o que es una sociedad, vivienda sin muebles, renta fija, gastos a cargo del propietario, suministros que siguen a tu nombre, aval personal o bancario y animales permitidos.

Para quién es

Para propietarios que van a alquilar una vivienda completa en España como residencia habitual del inquilino y quieren un contrato que defienda su posición, no una plantilla neutra. También para quien venía usando un modelo anterior a la reforma: en los contratos que se firmen desde el 8 de octubre de 2026 ya no se puede repercutir el IBI al inquilino, exigirle un seguro de impago, pactar una indemnización si desiste del contrato ni hacerle renunciar a los derechos de tanteo y retracto, y la ley exige dejar constancia por escrito del estado de la vivienda al entregar las llaves. Un modelo antiguo puede incluir cláusulas que hoy serían nulas.

Cuándo NO te sirve este contrato

Este pack es solo para el arrendamiento de una vivienda completa como residencia habitual del inquilino, sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos. No lo uses para alquileres de temporada o de vivienda temporal, turísticos o de habitaciones, para uso profesional o de local, viviendas protegidas ni fincas rústicas: requieren modelos específicos. Tampoco para inmuebles situados en zonas declaradas de mercado residencial tensionado, que tienen reglas especiales de renta y de prórroga. Y no sirve para modificar un contrato ya firmado: es para firmar uno nuevo. Redactado conforme a la ley española y no es válido en otros países.

Preguntas frecuentes

¿Está actualizado a la reforma de octubre de 2026? Sí. Está adaptado a los cambios que el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, ha introducido en la Ley de Arrendamientos Urbanos y en la Ley de Enjuiciamiento Civil, en vigor desde el 8 de octubre de 2026. La guía incluye un registro de cambios con el antes y el ahora de cada punto que te afecta como propietario.

¿Sirve para toda España? Sí, salvo para viviendas situadas en zonas declaradas de mercado residencial tensionado, que tienen reglas propias. El contrato se basa en la Ley de Arrendamientos Urbanos, que se aplica en toda España. Según la comunidad autónoma, puede ser obligatorio depositar la fianza en un organismo público: la guía te indica que lo compruebes.

¿Qué pasa si el Congreso no convalida la reforma? Como todo real decreto-ley, debe convalidarse en los treinta días siguientes a su promulgación; al estar disueltas las Cortes, esa votación corresponde a la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados. Mientras tanto se aplica con normalidad. Si no llegara a convalidarse, el contrato firmado con este modelo seguiría siendo válido, porque cumple las reglas de la reforma, más exigentes que las anteriores.

¿Puedo cobrar al inquilino la comunidad, la tasa de basuras y el IBI? La comunidad, sí, si el edificio está en régimen de propiedad horizontal; la tasa de basuras, también. Para que el pacto sea válido, el contrato debe fijar el importe anual de cada concepto, y la guía te explica cómo calcularlo. El IBI, ya no: con la reforma solo pueden repercutirse los tributos en los que el inquilino sea el obligado tributario, y en el IBI no lo es.

¿Puedo recuperar la vivienda si la necesito? Sí, si eres persona física y la necesitas como vivienda permanente para ti, para tus padres o hijos, o para tu cónyuge tras una sentencia firme de separación, divorcio o nulidad. El contrato ya incluye esa posibilidad, que puedes ejercer una vez cumplido el primer año y vencido el plazo inicial pactado, avisando con al menos dos meses de antelación. La guía te explica cómo fijar la duración inicial para no perderla.

¿Qué pasa si el inquilino deja de pagar? El contrato prevé intereses de demora, la resolución por impago y el requerimiento de pago que, si se hace al menos treinta días antes de la demanda y el inquilino no paga, le impide evitar después el desahucio pagando en el último momento. La reforma ha añadido una excepción: si el inquilino acredita vulnerabilidad económica, la Administración debe ofrecerle una alternativa habitacional o pagarte la deuda en dos meses y, si no hace ninguna de las dos cosas, pasa a ser ella la deudora y el contrato continúa. La guía te explica cómo funciona. Para reclamar la deuda, tienes también el pack de reclamación de rentas impagadas.

¿Puedo pedir aval u otras garantías además de la fianza? Sí. Junto a la fianza legal, de una mensualidad, puedes pactar una garantía adicional y, con las variaciones, un aval personal o bancario. En los contratos de hasta cinco años (siete si el propietario es una persona jurídica), la garantía adicional y el aval bancario no pueden superar, sumados, dos mensualidades de renta; la guía te explica qué garantías cuentan para ese límite. Lo que ya no puedes es exigir al inquilino que contrate un seguro de impago.

¿Necesito conocimientos legales para usarlo? No. La guía te dice qué variaciones aplicar según tu caso, qué rellenar y qué no conviene tocar, y cada variación indica el texto exacto que hay que poner y dónde va, para que no tengas que redactar nada.

¿En qué formato lo recibo? En un archivo .zip con tres documentos de Word editables (.docx). La guía te indica paso a paso qué rellenar, cómo firmar y qué hacer después.

Por qué este contrato es distinto

Los modelos gratuitos suelen ser neutros o limitarse a copiar la ley, y no todos están adaptados a la reforma. Este está redactado para el propietario. Incluye, entre otras cosas, la comunicación anticipada de no renovación al cumplirse los cinco años (siete si el propietario es una persona jurídica), una penalización diaria si el inquilino no devuelve la vivienda a tiempo, la obligación de firmar el documento de finalización con el estado de la vivienda, el seguro de responsabilidad civil a cargo del inquilino y un bloque de cláusulas que refuerzan tu posición y que puedes mantener o suprimir según el grado de protección que quieras. Y la guía te dice qué hacer en cada momento clave: al firmar, durante el contrato, al decidir no renovar y al recibir las llaves.

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